Ratifícase la vigencia de la declaración de utilidad pública y sujeción a expropiación dispuesta por la Ley Nº 10.119, Nº 10.489 y Nº 10.772, en relación al inmueble individualizado en el artículo 1º de la Ley Nº 10.119.
Modifíquese el destino del inmueble a expropiar previsto en la Ley Nº 10.119, Nº 10.489 y Nº 10.772, el cual será destinado al depósito de vehículos secuestrados
Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias para atender el gasto que demande la aplicación de lo dispuesto en esta norma, una vez producida la correspondiente tasación por parte del Consejo de Tasaciones de la Provincia.
Confiérase a la Escribanía Mayor de Gobierno la facultad de autorizar la escritura traslativa de dominio del inmueble que se describe en el artículo 1º de la presente, en favor del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, quien en forma simultánea realizará la donación del mismo a la Municipalidad de Concepción del Uruguay.
Comuníquese, etc