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Proteccion de los derechos constitucionales de las personas Artículo 1 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Proteccion de los derechos constitucionales de las personas Córdoba
Artículo 1. Garantías mínimas

Cuando el ejercicio de una medida suspensión de actividades que pueden tener consecuencias para el goce de los derechos constitucionales a la vida, a la salud, a la seguridad, a la justicia y el acceso a la energía eléctrica, al gas y al agua potable, sea por tratarse de servicios esenciales (Ley Nacional Nº 25877), relaciones de empleo público o prestaciones de servicios públicos, debe garantizarse un conjunto básico de prestaciones y personal a fin de asegurar su continuidad y regularidad, bajo las pautas y modalidades previstas en la presente Ley



Provincia de Córdoba Artículo 1 Proteccion de los derechos constitucionales de las personas
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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