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Promoción de las empresas de tecnologías de la información y las comunicaciones Artículo 17 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Promoción de las empresas de tecnologías de la información y las comunicaciones Ciudad de Buenos Aires
Artículo 17.

Los sujetos inscriptos en el Registro de Empresas TIC se encuentran exentos de la obligación de ingresar el pago por los Derechos de Delineación y Construcciones, Capacidad Constructiva Transferible (CCT) - Capacidad Constructiva Aplicables (CCA) y Tasa por Servicio de Verificación de Obra, por el plazo establecido en el artículo 15, respecto de las obras nuevas que se construyan dentro del Distrito destinadas principalmente, en las condiciones que establezca la reglamentación, al desarrollo de algunas de las actividades beneficiadas.

El valor de la obra nueva no deberá ser inferior al Valor Fiscal Homogéneo que tiene el inmueble.

Se entiende que el destino principal referido en el párrafo anterior se cumple cuando más de la mitad de la superficie se encuentra destinada específicamente al desarrollo de las actividades promovidas, en las condiciones que establezca la reglamentación.



Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 17 Promoción de las empresas de tecnologías de la información y las comunicaciones
Artículo 1 ...15 16 17 18 18 bis ...32

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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