Prohibición en todo el ámbito del territorio provincial, la práctica de la eutanasia, las matanzas y el sacrificio de perros y gatos (Prohibición en todo el ámbito del territorio provincial, la práctica de la eutanasia, las matanzas y) Provincia de Tucumán
Prohibición en todo el ámbito del territorio provincial, la práctica de la eutanasia, las matanzas y el sacrificio de perros y gatos Provincia de Tucumán
- Artículo 1. Prohíbase en todo el ámbito del territorio provincial, la práctica de la...
- Artículo 2. La presente Ley tiene como objetivo alcanzar, mediante métodos éticos y en...
- Artículo 3. Establécese la práctica de la castración quirúrgica, como único método...
- Artículo 4. La identificación de la hembra castrada se realizará exclusivamente mediante...
- Artículo 5. Se prohibe la castración de hembras en evidente y avanzado estado de preñez....
- Artículo 6. Declárase obligatorio el tratamiento antiparasitario de perros y gatos y la...
- Artículo 7. La Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Salud Pública, a través de...
- Artículo 8. Invítase a los Municipios a adherirse a la presente Ley.
- Artículo 9. El Poder Ejecutivo debe reglamentar la presente Ley en un plazo no superior...
- Artículo 10. Facúltase al Poder Ejecutivo a efectuar las compensaciones de partidas que...
- Artículo 11. La Secretaría de Estado de Comunicación Pública deberá promover la adopción...
- Artículo 12. Deróganse las leyes que se opongan a la presente Ley.
- Artículo 13. Comuníquese
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
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