Prohibición de uso de sustancias químicas en procesos de extracción de minerales Artículo 10 Provincia de Mendoza
Prohibición de uso de sustancias químicas en procesos de extracción de minerales Mendoza
Artículo 10.
Además de los controles establecidos en los artículos precedentes, el Gobierno de la Provincia de Mendoza contratará para proyectos metalíferos de mediana y gran escala, a auditorías internacionales de probada experiencia, las cuales deberán hacer un pormenorizado informe del estado de las explotaciones mineras, cumplimiento de las normas ambientales, condiciones de seguridad, existencia de incidentes ambientales, eventuales alcances y toda otra información que requieran los controles establecidos en la presente Ley. El informe de estas auditorías deberá ser publicado conforme lo expresado en el artículo 8 de la presente norma y elevado a la Comisión Bicameral de Contralor Ambiental y Seguimiento de Actividades Extractivas."
Provincia de Mendoza Artículo 10 Prohibición de uso de sustancias químicas en procesos de extracción de minerales
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios