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Prohibe a propietarios, poseedores o guardadores de animales a dejarlos sueltos o abandonados en rut Artículo 9 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Prohibe a propietarios, poseedores o guardadores de animales a dejarlos sueltos o abandonados en rutas nacionales, provinciales, calles o caminos Catamarca
Artículo 9.

Cumplido los diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha del secuestro del animal sin que el mismo sea reclamado por su propietario en el caso que se repute propietario desconocido, se dispondrá subasta pública, conforme las leyes vigentes.

En caso que en la subasta no se lograre la venta, el/ los animal/animales decomisado/s pasará/n a propiedad del Estado Provincial, quien los destinará a instituciones de bien público. En caso de lograrse la subasta pública del animal o animales, el producto de la misma se destinará a la autoridad de aplicación, quien tendrá la tarea de recaudar este dinero a los fines de adquirir vehículos acondicionados y elementos necesarios para transportar animales que se encuentren en la ruta, a los efectos de dar cumplimiento a la presente Ley



Provincia de Catamarca Artículo 9 Prohibe a propietarios, poseedores o guardadores de animales a dejarlos sueltos o abandonados en rutas nacionales, provinciales, calles o caminos
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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