Programas de Becas Académicas Artículo 4 Provincia de Córdoba
Programas de Becas Académicas Córdoba
Artículo 4. Requisitos de admisión
Los estudiantes que aspiren a obtener el beneficio previsto en alguno de los Programas de Becas Académicas, excluyentemente, deben cumplimentar los siguientes requisitos: a) Completar, con carácter de declaración jurada la solicitud de inscripción como postulante al programa de que se trate, informáticamente a través de la página web habilitada a tal fin; b) Acreditar el promedio obtenido en el Ciclo Orientado del Nivel de Educación Secundaria; c) Acreditar la inscripción para el ingreso a las carreras contempladas en el respectivo instrumento legal de creación de la etapa del programa de que se trate, y d) Cumplimentar en tiempo y forma los demás requisitos y condiciones que establezca a tal fin la Autoridad de Aplicación.
La Autoridad de Aplicación podrá suplir la acreditación de los requisitos enumerados en los incisos b) y c) de este artículo mediante pedido de informe al Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba y a los institutos y universidades donde los postulantes desarrollarán sus estudios.
Provincia de Córdoba Artículo 4 Programas de Becas Académicas
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
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