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Programa nacional de apoyo al empresariado joven Artículo 5 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Programa nacional de apoyo al empresariado joven Nacional
Artículo 5. Beneficios

El Poder Ejecutivo nacional deberá asignar un porcentual de los programas de asistencia vigentes y a instrumentarse, a la juventud que promueva proyectos, en el marco de las normas que regulan la materia, empleando para ello las siguientes herramientas:

a) De promoción y fomento financieros: a cargo de las entidades financieras con capital estatal mayoritario de la Nación, o de las provincias y municipios que adhieran a la presenta.

b) De garantía: mediante asignaciones con cargo al Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresas (FoGaPyMe), previsto en el artículo 8º de la Ley 25.300.

c) De promoción y fomento impositivos: asignando exenciones o diferimientos de tributos nacionales, siempre que estuviere debidamente facultado para ello.

d) De promoción y fomento fiscales: asignando un porcentaje de los cupos fiscales vigentes, con destino a instrumentos de promoción que se aplicarán para esta fin.

e) De promoción y fomento no financieron: a cargo de los organismos centralizados y descentralizados de la administración nacional encargados de asistencia técnica, investigación y desarrollo, capacitación y registro, entre otros; los que otorgarán franquicias, exenciones o descuentos sobre las tasas, honorarios u otros conceptos que percibieren en carácter de tributo o como retribución por los servicios prestados.

f) Líneas de crédito concedidas por organismos financieros internacionales o países extranjeros: siempre que las condiciones de oercepción convenidas por la República Argentina lo permitan.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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