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Programa de Sensibilización y Concientización en Gestión Menstrual sostenible Artículo 7 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/12/2025

Programa de Sensibilización y Concientización en Gestión Menstrual sostenible San Luis
Artículo 7. Atribuciones

Son atribuciones de la Mesa Interinstitucional:

a) Relevar datos e información, producir indicadores y estadísticas sobre la temática vinculada a la gestión menstrual, tanto a partir de su abordaje a través de productos descartables como a través de estrategias de gestión menstrual sostenible;

b) Analizar y difundir el impacto económico, sanitario, cultural y ambiental de las estrategias de gestión menstrual sostenible, en relación a otros abordajes de la salud menstrual;

c) Coordinar el abordaje interdisciplinario de acciones y medidas tendientes a la sensibilización, difusión y capacitación sobre las diferentes alternativas de gestión menstrual, haciendo énfasis en los elementos de gestión menstrual sustentables; en sus distintos ámbitos de competencia;

d) Promover la realización de talleres y actividades en los centros educativos de todos los niveles a los fines de crear conciencia sobre las estrategias de gestión menstrual sostenible;

e) Organizar equipos de trabajo que incluyan a los municipios que adhieran al Programa, a organizaciones del tercer sector, a las asociaciones y cámaras empresariales involucradas y al voluntariado;

f) Instrumentar campañas de información, sensibilización y difusión, transmisión de conocimientos pertinentes, precisos y actualizados sobre los distintos aspectos involucrados en la Ley Nacional Nº 26.150 de "Programa Nacional de Educación Sexual Integral", haciendo énfasis en los elementos de gestión menstrual sustentables;

g) Elaborar mecanismos de evaluación anual de los resultados obtenidos en la ejecución del Programa.-



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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


Email: [email protected]

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.




Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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