Programa de Fortalecimiento de la Solidaridad y Sostenibilidad del Sistema Previsional Artículo 7 Provincia de Córdoba
Programa de Fortalecimiento de la Solidaridad y Sostenibilidad del Sistema Previsional Córdoba
Artículo 7.
SUSTITÚYESE el artículo 8 de la Ley N° 8024 (T.O. Dcto.40/2009) por el siguiente texto, a saber:
Concepto de remuneraciones a los fines de los aportes, contribuciones y prestaciones.- "Se considerará remuneración a los fines de la presente Ley, todo ingreso normal y habitual que percibiere el afiliado en dinero o en especie susceptible de apreciación pecuniaria, en retribución o compensación de sus servicios ordinarios o extraordinarios prestados en relación de dependencia, con las salvedades establecidas en el artículo 9° de la presente Ley.
Los Entes empleadores y los funcionarios responsables quedarán directa y solidariamente obligados en caso de transgredir o desvirtuar lo dispuesto precedentemente, como así también lo establecido en el artículo 6° de la presente Ley."
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
shhhhhhhhhhhhhhhhh
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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