Programa de Buenas Prácticas Agropecuarias Artículo 7 Provincia de Córdoba
Programa de Buenas Prácticas Agropecuarias Córdoba
Artículo 7. Registro
La Autoridad de Aplicación debe implementar y mantener actualizado un Registro de Beneficiarios del Programa de Buenas Prácticas Agropecuarias, el cual debe contener:
a) Los datos identificatorios del beneficiario;
b) Los datos del inmueble donde se localiza la actividad;
c) Los datos de la actividad;
d) Los datos de la calidad o título en que realiza la actividad en el inmueble donde se lo hace;
e) El detalle de las Buenas Prácticas Agropecuarias que se validan o reconocen al beneficiario, y f) El detalle del aporte económico no reintegrable (ANR) otorgado como incentivo.
Provincia de Córdoba Artículo 7 Programa de Buenas Prácticas Agropecuarias
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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