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Procedimiento Penal aplicable a las personas menores de 18 años de edad Artículo 39 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Procedimiento Penal aplicable a las personas menores de 18 años de edad Santiago del Estero
Artículo 39. Mediación penal juvenil

La finalidad de la mediación penal juvenil será promover la autocomposición del conflicto por parte de los protagonistas y posibilitar la reparación voluntaria por parte de la persona adolescente imputada.

Podrá ser impulsada por la persona adolescente imputada, por su defensor técnico de confianza, por el fiscal especializado o por la víctima hasta la audiencia de control de acusación.

En todos los casos, se deberá contar con el expreso consentimiento de la persona adolescente y del denunciante.

Una vez abierta la instancia de mediación penal juvenil, se suspenderá el curso del proceso y los plazos de prescripción de la acción penal.

El mediador penal juvenil mantendrá reuniones individuales con la persona adolescente y sus referentes parentales, y con el denunciante por separado para propiciar luego una reunión conjunta. A dicha reunión asistirán personalmente la persona adolescente imputada, quien será acompañada por sus referentes parentales, su defensor técnico de confianza, y la víctima que en caso de ser menor de dieciocho (18) años de edad deberá ser acompañada por sus referentes parentales también.

No se admitirá una nueva mediación penal respecto de quien hubiese incumplido un acuerdo en trámite anterior o no hubiere transcurrido un mínimo de un (1) año desde la firma de un acuerdo de resolución alternativa de conflicto penal en otra investigación.

Si se arribara a un acuerdo entre las partes por encontrarse satisfechas sus respectivas pretensiones, se labrará un acta en la que se dejará constancia de los alcances de dicho acuerdo, con la firma de todas las personas intervinientes. A su vez, se dejará constancia de que el acuerdo no implica la asunción de culpabilidad por parte de la persona adolescente. Posteriormente se celebrará una audiencia con la intervención de todas las partes en la cual se homologará el acta por el juez penal de niños, niñas y adolescentes.

En caso de que el acuerdo estuviera sujeto a alguna obligación en cabeza de las partes, las actuaciones se reservarán de manera condicional sujeta al cumplimiento de las mencionadas obligaciones. En caso de que se verificara su incumplimiento por parte de la oficina designada a tal efecto, se dejará constancia y se procederá a la prosecución del proceso. En caso de que las partes quedaran enteramente satisfechas, se procederá a la extinción de la acción penal y al cierre definitivo del proceso.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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