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Procedimiento Laboral 2023 Artículo 23 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/11/2025

Procedimiento Laboral Río Negro 2023 Río Negro
Artículo 23. CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN

Las partes pueden actuar personalmente o representadas de acuerdo con las disposiciones establecidas para la representación en juicio.

La representación en juicio se puede ejercer mediante el acompañamiento de un poder instrumentado en forma privada, o pública mediante acta poder con firma certificada por juez de paz, funcionario policial, escribano público, secretario de los Tribunales de Trabajo y demás funcionarios autorizados por ley; debe ser firmada por el funcionario y el otorgante, previa acreditación de la identidad de éste y manifestar la voluntad de representación. En caso de impedimento, puede firmar cualquier persona hábil a ruego del poderdante.

Los padres que comparezcan en representación de sus hijos menores o incapaces tienen obligación de presentar las partidas correspondientes, salvo que el Tribunal disponga su eximición.

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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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