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Presupuesto Provincial Año 2020 Artículo 16 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Presupuesto Provincial Año 2020 Mendoza
Artículo 16. Fondo Prevención de Incendios artículo 9º Ley Nº 6.099, Fondo artículo 63 Ley Nº 6.045

Constitúyase, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 6099, Capítulo III, artículo 9º y Decreto Reglamentario 768/95, Capítulo III, artículo 6, inciso D), un fondo para incendios por el importe previsto en el presupuesto, el cual podrá ser incrementado en caso de ser necesario con los fondos provenientes de la aplicación de la Ley Nº 6045. El crédito presupuestario previsto para este fondo y para el resto de las aplicaciones que prevé el artículo 64 de la Ley Nº 6.045, reglamentado por Decreto 237/01, podrá ser utilizado para reforzar las partidas correlativas de locaciones de servicios y para el pago de adicionales de personal de planta que se desempeñe en tareas de prevención y lucha contra incendios y en tareas relativas a la administración de las áreas protegidas de Mendoza.



Provincia de Mendoza Artículo 16 Presupuesto Provincial Año 2020
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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