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Presupuesto para la Administración Pública Provincial Artículo 18 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Presupuesto para la Administración Pública Provincial Misiones
Artículo 18.

Las erogaciones a atenderse con fondos provenientes de recursos y/o financiamiento afectados, deberán ajustarse en cuanto a su monto a las cifras efectivamente recaudadas o compromisos ciertos de devengamiento, los que deberán perfeccionarse en el transcurso del Ejercicio que corresponda; salvo el caso de erogaciones cuyo ingreso esté condicionado a la presentación previa de certificados de obra o comprobantes de ejecución en cuyo caso tales erogaciones estarán limitadas a los créditos autorizados por el Artículo 1, con las excepciones previstas en el primer párrafo del Artículo 17 de la presente Ley. Debiéndose acreditar la efectiva vigencia de los convenios respectivos, a los fines de cualquier anticipo que se solicite y/o disponga acordar conforme a los Artículos 71 y 151 de la Ley VII -N.º 11 (Antes Ley 2303).

Facúltase al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, según coeficiente de actualización que al efecto determine, a ajustar mensualmente y/o con la periodicidad que se fije, los montos establecidos en la Ley X -N.º 4 (Antes Ley 83); como así a renegociar contratos de concesiones viales, ampliar y adecuar sus planes de inversiones en los términos de la Ley I -N.º 137 (Antes Ley 4300), previendo en su caso ejecuciones de obras, operación, explotación, administración, conservación, mantenimiento y demás servicios, bajo mecanismos u obras viales similares a los que utilice y disponga la Nación.

Ratifícanse los Decretos N.º 1503/15, 808/16, 1362/16 y la Resolución N.º 114/16 Reg. del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos.

Provincia de Misiones Artículo 18 Presupuesto para la Administración Pública Provincial. Ejercicio Financiero Año 2017 LEY VII - NRO. 81, 7 de Noviembre de 2016
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Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo


si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?


ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


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