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Presupuesto General de la Administración Pública Provincial para el Ejercicio 2016 Artículo 31 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Presupuesto General de la Administración Pública Provincial para el Ejercicio 2016 Buenos Aires
Artículo 31.

Autorízase al Poder Ejecutivo a implementar el uso de instrumentos financieros respaldados por flujos de recursos provinciales, con el objeto de financiar la implementación de políticas efectivas de acción social y salud, así como también obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales en la Provincia, en el marco del monto remanente que fuera autorizado en el primer párrafo del ARTÍCULO 32 de la presente Ley.

A los efectos de implementar lo dispuesto en el presente artículo el Poder Ejecutivo podrá afectar para el pago de los servicios de capital, intereses y demás gastos asociados, y/o en garantía de los mismos, como así también ceder como bien fideicomitido, las utilidades producidas por los juegos de azar, debidamente creados y reglamentados por Ley, así como los fondos distribuidos a la Provincia en el marco del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 206/09 y/o flujos provinciales sin afectación específica.



Provincia de Buenos Aires Artículo 31 Presupuesto General de la Administración Pública Provincial para el Ejercicio 2016
Artículo 1 ...29 30 31 32 33 ...73

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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