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Presupuesto General de la Administración Pública Provincial para el Ejercicio 2016 Artículo 19 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Presupuesto General de la Administración Pública Provincial para el Ejercicio 2016 Buenos Aires
Artículo 19.

El Poder Ejecutivo podrá autorizar a los Señores Ministros, Asesor General de Gobierno, Fiscal de Estado, Contador General de la Provincia, Tesorero General de la Provincia, Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas, Presidente de la Junta Electoral, Titulares de los Organismos Descentralizados y del Consejo de la Magistratura, Secretario General, Secretario de Derechos Humanos, Secretario de Legal y Técnica, Secretario de Cultura, Secretario de Comunicación, Secretario de Medios y Defensor del Pueblo, a ejercer las atribuciones previstas en el ARTÍCULO 17 y en el ARTÍCULO 18 - inciso 1) de la presente Ley, y las otorgadas por los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 10.189 (T.O. Decreto Nº 4.502/98) y sus modificatorias o normas que la reemplacen, con las siguientes limitaciones:

1) Adecuación entre distintas fuentes de financiamiento.

2) Adecuación de cargos y horas cátedra entre Planta Permanente y Planta Temporaria.

3) Adecuación entre partidas principales, y entre partidas subprincipales y parciales de la Partida Principal "Transferencias".

4) Creación, supresión y/o fusión de categorías de programas, excepto por aplicación del artículo 3º de la Ley Nº 10.189 (T.O. Decreto Nº 4.502/98) y sus modificatorias, o normas que la reemplacen.

5) Incorporación de partidas principales.

6) Incorporación de partidas subprincipales, parciales y subparciales de la Partida Principal "Transferencias".

7) Disminución de los créditos presupuestarios de las Partidas: 3.1.1; 3.1.2; 3.1.3; 3.1.4 y 3.1.6 del Clasificador Presupuestario aprobado por el Decreto Nº 1.737/96 y normas modificatorias, excepto cuando se trate de adecuaciones compensatorias entre las mencionadas Partidas.

8) Disminución de los créditos presupuestarios de la Partida 3.5.4.

Los funcionarios autorizados actuarán con la previa intervención de la Contaduría General de la Provincia y de la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía.

Las limitaciones dispuestas por los apartados 1), 3), 4), 5), 6), 7) y 8) del presente artículo, no son aplicables al Directorio del Banco de la Provincia de Buenos Aires, ni al Ministerio de Economía en cuanto a la Jurisdicción Auxiliar Obligaciones del Tesoro y Créditos de Emergencia.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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