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Presupuesto General de la Administración Pública Provincial Ejercicio 2023 Artículo 48 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Presupuesto General de la Administración Pública Provincial Ejercicio 2023 Salta
Artículo 48.

Dispónese la reprogramación de toda deuda derivada de procesos judiciales a cargo del Sector Público Provincial de montos significativos, a corto plazo, en los términos y en las condiciones establecidas en el Consenso Fiscal cuyo cumplimiento no fuese posible regularizar de modo adecuado, por Fiscalía de Estado y el Ministerio de Economía y Servicios Públicos, y que consecuentemente no tenga el encuadre en el artículo 22 de la presente Ley. El Poder Ejecutivo queda facultado a reprogramar dichas deudas, las que serán canceladas en el marco de lo dispuesto en el punto II, inciso c) del Consenso Fiscal suscripto con el Estado Nacional, aprobado por Ley Nacional 27.429 y por Ley Provincial 8.064, en cuotas mensuales, iguales y consecutivas, conforme lo establezca el cronograma de pagos que al efecto establezca el Ministerio de Economía y Servicios Públicos, con arreglo a los efectivos y sucesivos desembolsos que efectúe el Ministerio de Economía de la Nación o el Ministerio u organismo que en el futuro lo reemplace, quedando facultado el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, a establecer los plazos de pago y demás condiciones que al efecto se dicten, debiéndose respetar en cuanto a intereses las mismas condiciones que Nación le aplique a la Provincia de Salta.

Provincia de Salta Artículo 48 Presupuesto General de la Administración Pública Provincial Ejercicio 2023
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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