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Presupuesto general de gastos y recursos de la administración central y organismos descentralizados Artículo 35 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Presupuesto general de gastos y recursos de la administración central y organismos descentralizados Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 35.

El Poder Ejecutivo deberá informar a la Legislatura trimestralmente, dentro de un plazo improrrogable de quince (15) días hábiles, a contar desde el cierre de cada trimestre, el estado de la ejecución presupuestaria de recursos por rubros y gastos a nivel de finalidad y objeto, de las jurisdicciones que lo componen y total general, situación de la tesorería y obligaciones a cargo del Tesoro, el stock de la deuda financiera y deuda consolidada.

La misma obligación tendrán los organismos descentralizados y autárquicos, Poder Legislativo, Poder Judicial, Fiscalía de Estado, Tribunal de Cuentas y los organismos de Seguridad Social.

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 35 Presupuesto general de gastos y recursos de la administración central y organismos descentralizados - Ejercicio 2018
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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