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Participación Ciudadana en la Administración de la Justicia Penal Artículo 5 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/12/2025

Participación Ciudadana en la Administración de la Justicia Penal Entre Ríos
Artículo 5. Prórroga de jurisdicción

Los juicios por jurados se realizarán en el ámbito de la jurisdicción en la que se hubiera cometido el hecho. Cuando un hecho hubiera conmocionado a una comunidad de tal modo que no pudiera razonablemente obtenerse un jurado imparcial, el juez podrá disponer, sólo a pedido del acusado, en audiencia pública y mediante auto fundado, que el juicio se lleve a cabo ante un Juez y un jurado de otra ciudad de la jurisdicción o bien, si ello fuera imposible por razones de infraestructura, ante un Juez y un jurado de otra jurisdicción de la provincia, de conformidad a la disponibilidad y condiciones para su práctica, según informe la Oficina de Gestión de Audiencias.



Provincia de Entre Ríos Artículo 5 Participación Ciudadana en la Administración de la Justicia Penal
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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consulte y despeje sus dudas.




Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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