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Nuevo Régimen Electoral Artículo 55 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Nuevo Régimen Electoral Chaco
Artículo 55.

Presentadas las listas para su oficialización, el Tribunal examinará las mismas, y si detecta que algunos de los candidatos que integran las listas, no reúnen los requisitos exigidos por la Constitución Provincial 1957-1994 o por esta ley, le hará saber al partido político presentante dicha circunstancia con el fin de que en el término de cuarenta y ocho horas subsane la situación.

Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior, el Tribunal Electoral resolverá dentro de los diez (10) días con expresión concreta y precisa de los hechos que la funda.

De la resolución del Tribunal Electoral, el apoderado del partido político respectivo, podrá interponer recurso de revocatoria dentro de las cuarenta y ocho horas de notificado de la misma. Dicho recurso deberá ser resuelto dentro de los tres (3) días a partir de la interposición.

En el término de cuarenta y ocho horas quedará expedito el recurso de apelación ante el Superior Tribunal de Justicia, el que deberá resolver dentro de las setenta y dos horas a contar desde su interposición. En este caso el Superior Tribunal de Justicia se expedirá con la totalidad de los ministros, a excepción del miembro que integrara el Tribunal Electoral, el que será reemplazado por el subrogante legal.

Si por resolución firme se estableciere que algún candidato no reúne los requisitos constitucionales y legales se intimará al partido político por el término de cuarenta y ocho (48) horas para que proceda a su sustitución. Si en dicho plazo no se efectuare la misma, el Tribunal correrá el orden de la lista, de acuerdo a las leyes vigentes.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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