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Nuevo Régimen Electoral Artículo 38 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/02/2026

Nuevo Régimen Electoral Chaco
Artículo 38. Independencia funcional y financiera

El Tribunal Electoral tendrá un funcionamiento autónomo e independiente con respecto a los demás poderes constitucionales del Estado. Anualmente preparará el proyecto de presupuesto de gastos y cálculo de recursos; los que serán adecuados a las reales necesidades del cumplimiento de su misión y funciones, de acuerdo a las disposiciones de esta ley.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo precedente, lo correspondiente al área administrativa del Tribunal Electoral seguirá siendo cumplido por la Dirección de Administración del Poder Judicial.



Provincia del Chaco Artículo 38 Nuevo Régimen Electoral
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


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consulte y despeje sus dudas.




En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


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