Nuevo Régimen Electoral Artículo 26 Provincia del Chaco
Nuevo Régimen Electoral Chaco
Artículo 26. Impresión de los ejemplares definitivos
El Tribunal Electoral dispondrá la impresión de los ejemplares del padrón que sean necesarios para las elecciones en los que se incluirán los siguientes datos: número y clase de documento cívico, apellido y nombre, profesión y domicilio, número de orden del elector dentro de cada mesa y una columna para anotar el voto.
Los destinados a los comicios serán autenticados por el secretario electoral y llevarán impresas las actas de apertura y clausura.
En el encabezamiento de cada uno de los ejemplares figurará con caracteres sobresalientes la provincia, la sección o departamento, el circuito y la mesa correspondiente. El Tribunal Electoral conservará por lo menos tres (3) ejemplares del padrón.
Provincia del Chaco Artículo 26 Nuevo Régimen Electoral
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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