Código Procesal Laboral Artículo 30 Provincia de Córdoba
Código Procesal Laboral Córdoba
Artículo 30. Honorarios de peritos - Base regulatoria
Para regular los honorarios de los peritos se tomará como base el monto por el cual prospere la demanda o el acuerdo conciliatorio que corresponda a su tarea; en un porcentaje entre el uno al cuatro por ciento (1 al 4%) pudiendo el Tribunal excepcionalmente aumentar el mismo hasta un ocho por ciento (8%) en función de la importancia del peritaje. Deberá tenerse en cuenta la labor técnica realizada y su relevancia en la valoración que efectúe el juzgador. Los honorarios de los peritos de control que ofrezcan las partes, serán estimados en el cincuenta por ciento (50%) de los que correspondan a los peritos oficiales.La sola aceptación del cargo no dará derecho a la regulación de honorarios.
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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?
me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus
Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.
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