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Nuevo Régimen Electoral Artículo 16 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Nuevo Régimen Electoral Chaco
Artículo 16. Organización

El Tribunal Electoral podrá organizar el fichero de electores de la Provincia, que contendrá las fichas de todos los electores con domicilio en la jurisdicción y se dividirá según el sexo de los mismos. Las fichas serán clasificadas en tres subdivisiones:

a) Por orden alfabético;

b) por orden numérico de documento cívico, con indicación de su clase; y c) por demarcaciones territoriales conforme a lo prescripto en esta ley, o sea:

1. En departamentos o secciones electorales;

2. en circunscripciones electorales;

3. en circuitos y dentro de cada uno de ellos y por orden alfabético, la ficha electoral original se incorporará a esta tercera subdivisión.

El fichero de inhabilitado contendrá la ficha de todos los electores inhabilitados y excluidos del registro electoral, domiciliados dentro de la jurisdicción.

Tendrá dos divisiones, según el sexo de aquellos, y dentro de cada una de ellas, se clasificarán las fichas en tres subdivisiones:

a) Orden alfabético;

b) orden numérico de documento cívico; y c) orden cronológico de la cesación de la inhabilitación compuesto alfabéticamente.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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