Nuevo Régimen Electoral Artículo 151 Provincia del Chaco
Nuevo Régimen Electoral Chaco
Artículo 151.
Se proclamarán diputados provinciales a quienes resulten elegidos con arreglo al sistema adoptado en el presente capítulo.
Provincia del Chaco Artículo 151 Nuevo Régimen Electoral
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Ley de Hidrocarburos Artículo 56. Código Fiscal Santiago del Estero Artículo 181. Nuevo Régimen Electoral Chaco Artículo 86. Procedimiento en caso de impugnación Código Fiscal Santiago del Estero Artículo 189. ACTIVIDADES ALCANZADAS Código Procesal Penal Mendoza Artículo 223. Orden de secuestroRecomendados
Nuevo Régimen Electoral Chaco Artículo 121. Exhibición de banderas, divisas o distintivos partidarios. Propaganda política Nuevo Régimen Electoral Chaco Artículo 36. Mesas electorales Régimen jurídico de protección de la minoridad Mendoza Artículo 149. Código de Aguas Río Negro Artículo 206. Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 27.592 Ley Yolanda Salta Artículo 5.Publique la información de sí mismo
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