Imprimir

Nueva regulación en materia de políticas públicas, facultades de la autoridad de aplicación, procedi Artículo 39 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Nueva regulación en materia de políticas públicas, facultades de la autoridad de aplicación, procedimiento administrativo y trámite recursivo judicial Río Negro
Artículo 39. Audiencia de Conciliación y Descargo

Con la comparecencia de las partes se llevará a cabo la audiencia de conciliación y descargo, labrándose la respectiva acta donde debe constar todo lo actuado en la misma. El funcionario actuante invitará a las partes a arribar a un acuerdo conciliatorio y en caso de fracasar el denunciado deberá presentar por escrito en ese acto su descargo acompañando la prueba documental y ofreciendo la restante. La autoridad de aplicación podrá disponer el registro de la audiencia por medios audiovisuales, en tal caso, sólo se labrará acta dejando constancia de la celebración de la audiencia y de los comparecientes. En este caso el descargo y ofrecimiento de prueba podrá ser oral. Asimismo, la autoridad de aplicación podrá disponer la celebración de audiencias por sistemas de teleconferencias o similar al cual se le aplicarán las mismas reglas que las audiencias celebradas entre presentes en cuanto fueren compatibles. Quienes actúen en representación de un tercero, una persona jurídica o en virtud de una representación legal deben acreditar la personería invocada en la primera presentación, acompañando original de la documentación correspondiente y copias, las que previa compulsa de su autenticidad, deben ser agregadas al expediente. Cuando no se acredite personería, se intimará en la misma audiencia para que se subsane la omisión, en el término de cinco (5) días hábiles, bajo apercibimiento de tener al incumplidor por no presentado.

Provincia de Río Negro Artículo 39 Nueva regulación en materia de políticas públicas, facultades de la autoridad de aplicación, procedimiento administrativo y trámite recursivo judicial, tendientes a lograr una mejor implementación y una mayor efectividad de los derechos reconocidos en el
Artículo 1 ...37 38 39 40 41 ...82

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse