Nueva regulación en materia de políticas públicas, facultades de la autoridad de aplicación, procedi Artículo 36 Provincia de Río Negro
Nueva regulación en materia de políticas públicas, facultades de la autoridad de aplicación, procedimiento administrativo y trámite recursivo judicial Río Negro
Artículo 36. Omisiones. Archivo
En caso de que alguno de los requisitos establecidos para la denuncia no fuere cumplido, la autoridad de aplicación puede emplazar al denunciante para que subsane la omisión en un plazo de cinco (5) días bajo apercibimiento de archivar las actuaciones o de resolver de acuerdo al estado del expediente. La autoridad de aplicación puede desestimar y archivar de oficio y en cualquier estado del trámite las denuncias que sean manifiestamente improcedentes.
Provincia de Río Negro Artículo 36 Nueva regulación en materia de políticas públicas, facultades de la autoridad de aplicación, procedimiento administrativo y trámite recursivo judicial, tendientes a lograr una mejor implementación y una mayor efectividad de los derechos reconocidos en el
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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Código Fiscal La Pampa Artículo 33. LIBROS Derecho al acceso a la información y la obligación del sector público provincial, municipal y de comisiones de fomento Santa Cruz Artículo 5. TIPO DE INFORMACION Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 27592 Ley Yolanda Río Negro Artículo 4. Tribunales de familia Córdoba Artículo 65. Declara monumento natural provincial a la especie de ave llamada Chorlito Ceniciento Santa Cruz Artículo 2.Publique la información de sí mismo
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