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Normas y conductas destinadas al cuidado y protección integral de los animales domésticos de compañí Artículo 25 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Normas y conductas destinadas al cuidado y protección integral de los animales domésticos de compañía La Rioja
Artículo 25.

La Comisión estará integrada por:

* Un (1) representante del Ministerio de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos.

* Un (1) representante del Ministerio de Educación.

* Un (1) representante del Ministerio de Salud Pública.

* Un (1) representante de la Secretaría de Ambiente.

* Un (1) representante de los Ministerios Públicos que será designado por el Tribunal Superior de Justicia en representación de la Función Judicial.

* Dos (2) representante de la Asociación de Protección Animal que será propuesto por la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.

* Un (1) representante del Instituto del Derecho Animal.

* Un (1) representante de los municipios.

* Dos (2) representantes de la Función Legislativa (Presidentes de la Comisión de Salud Pública y Desarrollo Social y de la Comisión de Recursos Naturales, Conservación del Ambiente Humano y Desarrollo Sustentable).

Los mismos podrán contar con la asistencia y la colaboración de personal profesional y técnico especializado.



Provincia de La Rioja Artículo 25 Normas y conductas destinadas al cuidado y protección integral de los animales domésticos de compañía
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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