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Modificaciones a la Ley N° 7625 Artículo 11 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Modificaciones a la Ley N° 7625 Córdoba
Artículo 11.

Créanse en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, a los efectos de la aplicación de lo previsto en el presente Título, Comisiones Evaluadoras que analizarán los títulos y antecedentes de los aspirantes a los cargos concursados, verificarán el cumplimiento de los requisitos exigidos en el llamado a concurso y elaborarán las correspondientes nóminas para proponer su designación. Las Comisiones Evaluadoras estarán integradas por dos (2) agentes designados por la Autoridad de Aplicación y uno (1) por el Sindicato de Empleados Públicos (SEP).

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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