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Misión y funciones de la Subsecretaría de Trabajo Artículo 71 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Misión y funciones de la Subsecretaría de Trabajo Mendoza
Artículo 71. Incumplimiento. Sanciones

Si las partes no cumplieran con las obligaciones previstas en los Artículos 68, 69, y 70 de la presente Ley, dentro de los plazos establecidos para ello, o si los servicios mínimos acordados por las mismas fueren insuficientes, la autoridad de aplicación remitirá el expediente a la Comisión de Garantías, quien fijará los servicios mínimos indispensables para asegurar la prestación del servicio, cantidad de trabajadores que se asignará a su ejecución, pautas horarias, asignación de funciones y equipos, procurando resguardar tanto el derecho de huelga como los derechos de los usuarios afectados. La decisión será notificada a las partes involucradas y, en caso de incumplimiento, la autoridad administrativa procederá a aplicar las sanciones legales que correspondan de acuerdo a la legislación vigente.

Hasta tanto se expida la Comisión de Garantías no se podrá ejercer ninguna medida de acción directa.



Provincia de Mendoza Artículo 71 Misión y funciones de la Subsecretaría de Trabajo
Artículo 1 ...69 70 71 72 73 ...91

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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