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Marco Legal y Regulatorio del Ejercicio Profesional del Instrumentador Quirúrgico Artículo 8 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Marco Legal y Regulatorio del Ejercicio Profesional del Instrumentador Quirúrgico Chubut
Artículo 8.

Los/as profesionales de la instrumentación quirúrgica y/o los licenciados en instrumentación quirúrgica y/o licenciados en organización y asistencia de quirófanos y títulos similares tienen garantizados los siguientes derechos:

a) Ejercer su profesión o actividad de conformidad con lo establecido por la presente Ley y su reglamentación.

b) Negarse a realizar o colaborar en la ejecución de prácticas que entren en conflicto con sus convicciones religiosas, morales o éticas, en las condiciones que determine la reglamentación y siempre que de ellos no resulte un daño inmediato o mediato en el paciente sometido a esa práctica, ni impedimento para resolver un caso de urgencia o emergencia.

c) Contar con recursos y plantas físicas que reúnan las condiciones y medio ambiente de trabajo de acuerdo con las leyes, reglamentaciones y otras normas vigentes en la materia y con el equipamiento y material de bioseguridad que promuevan la salud y la prevención de enfermedades laborales.

d) Trasladar conocimiento a los diferentes niveles jerárquicos, sobre sospecha o indicio fehaciente de existencia de delito, cuyo conocimiento adquiera en el ejercicio de la profesión y que causaren algún tipo de perjuicio.

e) Tener derechos a la legítima defensa en juicio, en aquellos casos donde se dirima responsabilidad profesional, pudiendo ser representado por un matriculado de la Instrumentación Quirúrgica, de acuerdo con lo establecido por el artículo 2° de la presente Ley, quienes ya sea de oficio o como consultores técnicos, cumplan con los requisitos de Perito Instrumentador Quirúrgico, de acuerdo con los requerimientos establecidos por la reglamentación de la presente Ley.

f) No realizar, participar, ni consentir en actividades que resulten incompatibles con la letra y el espíritu de la presente Ley.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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