Lineamientos de la Política Pública para los derechos de las personas lesbianas, gay, trans, bisexuales e intersexuales (Lineamientos de la Política Pública para los derechos de las personas lesbianas, gay, trans, bisexua) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Lineamientos de la Política Pública para los derechos de las personas lesbianas, gay, trans, bisexuales e intersexuales Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Principios
- Artículo 3. Objetivos
- Artículo 4. Acciones positivas
- Artículo 5. De las líneas estratégicas de la Política Pública
- Artículo 6. Ampliación de capacidades para el ejercicio de la ciudadanía
- Artículo 7. Comunicación de la Política Pública
- Artículo 8. Control ciudadano
- Artículo 9. Investigación y monitoreo sistemático de la situación de Derechos Humanos de las personas LGTBI
- Artículo 10. De la autoridad de aplicación
- Artículo 11. Consejo Consultivo
- Artículo 12. Funciones
- Artículo 13. Composición
- Artículo 14. Sesiones del Consejo Consultivo
- Artículo 15. Reglamento
- Artículo 16. Presupuesto
- Artículo 17. Vigencia
Otras regulaciones
Derecho de la mujer a estar acompañada en el momento del parto y la internación Se denomina El Jardín del Aguaribay al Jardín de Infantes Común N 5, Distrito Escolar 6 Institúyese el Día de Lucha Contra el Cancer de Ovario Denominación a canteros en la Comuna 10º Marco regulatorio de los vehículos gastronómicosMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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