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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 87 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/04/2024

Ley Orgánica del Poder Judicial Río Negro
Artículo 87. Designación. Funciones

El Superior Tribunal de Justicia tendrá un Cuerpo de Abogados y Abogadas Relatores y Relatoras y Referencistas, con categoría de hasta Juez de Primera Instancia o inferiores según se fije por la reglamentación.

Se podrán asignar a cumplir funciones en Cámaras y Juzgados de cualquier Circunscripción, cuando el Superior Tribunal así lo disponga. En estos casos dependerán funcionalmente del organismo al que se afecten y jerárquicamente del Superior Tribunal de Justicia.

A dichos cargos se accederá por concurso de oposición y antecedentes, de modo permanente o a término, con los requisitos y demás condiciones que el Reglamento establezca y cuyas funciones serán asignadas por Acordada.



Provincia de Río Negro Artículo 87 Ley Orgánica del Poder Judicial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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