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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 3 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/04/2024

Ley Orgánica del Poder Judicial Río Negro
Artículo 3. Funcionarios, funcionarias, empleados y empleadas

a) Son funcionarias o funcionarios judiciales:

1. Secretarios o Secretarias.

2. Fiscales, Defensoras o Defensores con las denominaciones, jerarquías y grados que establezca la ley K nº 4199 y sus modificatorias.

b) Son funcionarios o funcionarias de ley:

1. Administrador o Administradora General.

2. Subadministrador o Subadministradora General.

3. Auditor o Auditora Judicial General.

4. Contador o Contadora General.

5. Subcontador o Subcontadora General.

6. Director o Directora General de las Oficinas Judiciales.

7. Director o Directora de la Oficina Judicial de cada circunscripción.

8. Directoras, Directores y titulares de las siguientes áreas: de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos; de los Centros Judiciales de Mediación (CE.JU.ME.) y de las Casas de Justicia; de la Escuela de Capacitación Judicial; del Centro de Documentación Jurídica; del Archivo General del Poder Judicial; de los Cuerpos de Investigación Forense; de la Dirección de Asesoramiento Técnico Legal; del Centro de Planificación Estratégica; de la Unidad de Gestión Previsional, de Ceremonial y Protocolo.

9. Inspector o Inspectora de Justicia de Paz.

10. Secretarios letrados o Secretarias Letradas de los Juzgados de Paz.

11. Secretario o Secretaria del Tribunal de Superintendencia Notarial de la ley G nº 4193.

12. Gerentes o Gerentas de Recursos Humanos; del Area de Informatización de la Gestión Judicial y de la Administración de cada Circunscripción, que asisten a los Tribunales de Superintendencia General.

13. Jefes o Jefas de las Oficinas de Atención al Ciudadano.

14. Coordinador o Coordinadora de la Oficina de Género.

15. Director o Directora de Comunicación Judicial del Poder Judicial y las Delegadas o Delegados en las Circunscripciones.

16. Prosecretarios o Prosecretarias.

17. Delegados o Delegadas de los Archivos Circunscripcionales.

18. Jefes o Jefas de las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones.

19. Oficiales de Justicia.

20. Oficiales Notificadores.

21. Jefes o Jefas de Departamento.

22. Jefes o Jefas de División.

23. Jefes o Jefas de Despacho.

c) Son empleados o empleadas: Las personas que tengan una categoría escalafonaria inferior a jefatura de Despacho. Pueden pertenecer a la planta permanente o transitoria.



Provincia de Río Negro Artículo 3 Ley Orgánica del Poder Judicial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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