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Ley orgánica de Partidos Políticos Artículo 36 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley orgánica de Partidos Políticos Tucumán
Artículo 36.

Los Partidos Políticos deben practicar en su vida interna el sistema democrático, a través de elecciones periódicas directas para designar las autoridades primarias o de base. Las cartas orgánicas pueden adoptar un sistema de elección indirecta para elegir las autoridades provinciales.

Las elecciones internas para la designación de autoridades primarias o de base se consideran válidas cuando en ellas vote un porcentaje de afiliados superior al diez por ciento (10%) del mínimo exigido por los artículos 9º y 13, según el caso.

De no alcanzarse tal porcentaje, deberá efectuarse una segunda elección dentro de los treinta (30) días, la que, a efectos de ser tenida por válida, deberá cumplir los mismos requisitos.

La inobservancia de este requisito en elecciones de autoridades de partido es causal de caducidad de la personería jurídico-política del partido.

En caso de oficializarse una sola lista para la elección de autoridades de partido, no podrá prescindirse del acto eleccionario.

Provincia de Tucumán Artículo 36 Ley orgánica de Partidos Políticos
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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