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Ley orgánica de municipalidades Artículo 131 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley orgánica de municipalidades Mendoza
Artículo 131. TODO GASTO DEBE SER PREVIAMENTE AUTORIZADO POR EL CONCEJO

No podrá ordenarse ningún gasto por la intendencia que exceda el crédito o cantidad fijada en el inciso o item del presupuesto u ordenanza especial respectiva, ni invertirse las cantidades votadas o recursos recaudados para objetos determinados, en otros distintos. Todo gasto que fuese necesario hacer y que no esté incluido en la ordenanza de presupuesto, debe ser necesariamente autorizado por el concejo en ordenanza especial, pudiendo el intendente hacer uso de la facultad acordada en el inc. 9o del art. 105 de esta ley, si el concejo se encontrare en receso y la necesidad del gasto fuese imperiosa, urgente y grave.



Provincia de Mendoza Artículo 131 Ley orgánica de municipalidades
Artículo 1 ...129 130 131 132 133 ...175

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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