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Ley Impositiva año 2024 Artículo 27 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2025

Ley Impositiva año 2024 Córdoba
Artículo 27.

Las alícuotas especiales especificadas en el Anexo I de la presente Ley para los Códigos de Actividades 681098 y 681099 se reducirán en Uno coma Cincuenta (1,50) Puntos Porcentuales cuando por cada inmueble dado en locación se hubiere repuesto íntegramente el Impuesto de Sellos en las formas y plazos previstos en el Código Tributario Provincial y en la presente Ley, o por las normas que regulan el citado impuesto en la jurisdicción en que se encuentra radicado el inmueble objeto de la locación.

Cuando como consecuencia de la figura jurídica celebrada entre las partes no corresponda la reposición del Impuesto de Sellos, o se omitiere total o parcialmente el ingreso del impuesto que le corresponda al respectivo instrumento, no resultarán de aplicación las reducciones de alícuotas a que alude el párrafo precedente.

Los ingresos obtenidos por la actividad de alquileres temporarios, entendiéndose por éstos a aquellos alquileres que tengan por objeto la locación de inmuebles o habitaciones que se arrienden con fines turísticos, de descanso o cualquier otro fin, por un plazo de hasta tres (3) meses, deben incluirse dentro de los Códigos de Actividades 681098 y 681099, según se trate de inmuebles urbanos o rurales, respectivamente, y tributar a la alícuota del Cinco por Ciento (5,00%).

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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?


Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales


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