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Ley Impositiva Año 2020 Artículo 71 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva Año 2020 Córdoba
Artículo 71.

Por los servicios que se enumeran a continuación, prestados por la Policía de la Provincia de Córdoba, se pagarán las siguientes tasas:

Concepto Importe

1.- Documentación personal:

1.1.- Certificado de antecedentes:

1.1.1.- Con fotografía incluida:.............................................$ 280,00

1.1.2.- Trámite de certificado express, con turno web, únicamente en la División Documentación Personal de la Jefatura de Policía:...............................................$1.300,00

1.1.3.- En domicilio, previa acreditación de imposibilidad de movilizarse, excepto el trámite previsto en el punto 1.1.4.- de este artículo:.........................................$ 1.950,00

1.1.4.- Para personas discapacitadas que acrediten certificado de
discapacidad: ..........................................Sin cargo

1.1.5.- Averiguación de antecedentes para el ingreso de postulantes a la
fuerza policial:.......................................$ 280,00

1.1.6.- Informe de antecedentes nominativos (sin ficha dactilar):..............................................$150,00

1.1.7.- Certificados de antecedentes para radicación en otros países o para radicación de extranjeros:..............$ 280,00

2.- Certificaciones de firmas:.........................$ 130,00

3.- Exposición por constancia y/o extravío realizado por un
tercero:.............................................. $ 260,00

4.- Departamento de Coordinación Judicial:

4.1.- Depósito Judicial de Automotores:

4.1.1.- Por día de permanencia en depósito, a partir de la fecha en que su titular ha sido fehacientemente notificado de que el mismo fue desafectado de la causa judicial en la que se encuentre involucrado:

4.1.1.1.-Vehículos automotores: ..........................$ 180,00

4.1.1.2.-Motovehículos:....................................$ 50,00

5.- Cotejo, vista e inspección del vehículo automotor y de su documentación, inscripción y/o llenado de formularios relacionados a la
actividad, consulta por el sistema informático desarrollado por la institución policial, colocación de sellos oficiales y rúbrica certificadora
de peritos en el automotor:

5.1.- Automóviles:

5.1.1.- Automóviles particulares, taxis y remises:.......$ 750,00

5.2.- Colectivos y similares:

5.2.1.- Ómnibus, colectivos, diferenciales, minibús y transportes escolares:............................................. $ 1.300,00

5.3.- Transporte de cargas:

5.3.1.- Chasis con cabina, acoplados, semirremolques, pick ups, vehículos rurales, motorhomes, furgones de carga, casillas rodantes, talleres móviles y otros tipos posibles a crearse:................................................$ 1.650,00

5.4.- Maquinarias:

5.4.1.- Máquinas viales, agrícolas e industriales: mini cargadoras, cargadoras frontales, retroexcavadoras, retropalas, vibro compactadores de suelos, terminadores de asfaltos, fresadoras, moto niveladoras, moto palas, cosechadoras, topadoras y picadoras de follaje autopropulsadas, fumigadoras autopropulsadas y tractores, autoelevadores, manipuladores telescópicos, entre otros:...................................................$1.850,00

5.4.2.- Máquinas de uso minero, tipo Terex: maxi cargadoras frontales de más de siete metros (7m)de capacidad de baldes y perforadoras de uso minero, entre otras:................$11.200,00

5.5.- Motovehículos, cuadriciclos y equivalentes:

5.5.1.- De hasta Cuatrocientas (400) cilindradas:.......$ 400,00

5.5.2.- De más de Cuatrocientas (400) cilindradas y hasta Seiscientas (600) cilindradas:..........................$ 600,00

5.5.3.- De más de Seiscientas (600) cilindradas y hasta Un Mil Doscientas (1200) cilindradas: .........................$ 800,00

5.5.4.- De más de Un Mil Doscientas (1200) cilindradas:..$1.000,00

5.6.- Peritajes:

5.6.1.- Peritajes especiales de los vehículos o motovehículos comprendidos en los puntos 5.1.- y 5.5.- a cuya unidad se le hubiese asignado numeración del Registro del Parque de Motos a través del estampado con cuños, cualquier modelo:.........$ 600,00

5.6.2.- Peritajes especiales de los vehículos comprendidos en los puntos 5.2.-, 5.3.- y 5.4.1.- a cuya unidad se le hubiese asignado numeración del Registro del Parque de Motos a través del estampado con cuños, cualquier modelo:.....................$ 1.650,00

5.6.3.- Peritajes especiales de máquinas de uso minero (punto 5.4.2.-) a cuya unidad se le hubiese asignado numeración del Registro del Parque de Motos a través del estampado con cuños, cualquier modelo:.....................................$ 12.850,00

5.7.- Trámite de verificación express con turno web, únicamente
en las plantas verificadoras que posean el sistema de turnero digital, se adicionará a las tasas retributivas de los puntos 5.1.- a 5.5.-, según corresponda:..............................$1.000,00

5.8.- Por los servicios previstos en los puntos 5.1.- a 5.5.- que sean solicitados por turno web por los comerciantes del rubro automotor inscriptos como tales ante la Dirección General de Rentas y que se encuentren comprendidos en las instituciones que hayan suscripto sus correspondientes Convenios de Complementación en el marco del Programa Automotor Seguro, se abonará el Noventa por Ciento (90%) de las tasas retributivas establecidas en cada uno de dichos puntos.

6.- Estampado de cuños. Por el estampado de dígitos mediante el
uso de cuños, por fijación de nueva numeración de identificación de
chasis, cuadro y/o motores: ............................$ 500,00

7.- Fichas decadactilares para trámites varios: ........$ 150,00



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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