Ley Impositiva Año 2020 Artículo 146 Provincia de Córdoba
Ley Impositiva Año 2020 Córdoba
Artículo 146.
El Poder Ejecutivo Provincial dispondrá todas las medidas y dictará las normas que resulten necesarias para adecuar las alícuotas, escalas e importes fijos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto de Sellos, en caso de una modificación, prorroga, suspensión y cambio en las condiciones y/o compromisos asumidos por las partes en el "Consenso Fiscal" de fecha 16 de Noviembre de 2017, entre el Estado Nacional, las Provincias signatarias del mismo y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y su adenda -aprobados por las Leyes Nacionales Nros 27429 y 27469 y las Leyes Provinciales Nros 10510 y 10591-, tomando como referencia y/o límites la incidencia efectiva de tales tributos -con más los aportes y/o fondos adicionales que se recaudaban conjuntamente con el Impuesto sobre los Ingresos Brutos-, según las previsiones contenidas en la Ley Impositiva Nº 10594 y demás normas, vigentes para la anualidad 2019. Todo ello con posterior ratificación por parte de la Legislatura Provincial.
Provincia de Córdoba Artículo 146 Ley Impositiva Año 2020
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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