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Ley General De Sociedades Artículo 340 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/09/2024

Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984 Nacional
Artículo 340. Suscripción pública: prospecto

En los casos en que el empréstito se ofrezca a la suscripción pública, la sociedad confeccionará un prospecto que debe contener:

1) Las especificaciones del artículo 336 y la inscripción del contrato de fideicomiso en el Registro Público de Comercio; 2) La actividad de la sociedad y su evolución;

3) Los nombres de los directores y s]indicos;

4) El resultado de los dos últimos ejercicios, si no tiene antiguedad menor, y la transcripción del balance especial a la fecha de autorización de la emisión.

Responsabilidad.

Los directores, síndicos y fiduciarios son solidariamente responsables por la exactitud de los datos contenidos en el prospecto.

Nacional Artículo 340 Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984
Artículo 1 ...338 339 340 341 342 ...389

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Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744): Esta ley regula los derechos laborales en general y establece que los trabajadores tienen derecho a pausas para descanso, que suelen ser de al menos 15 minutos si la jornada laboral supera las 4 horas.

Convenios Colectivos de Trabajo: Para los docentes y personal administrativo de las escuelas públicas, los derechos específicos pueden estar detallados en los convenios colectivos correspondientes. Estos convenios pueden variar entre provincias y jurisdicciones, y establecen aspectos como el tiempo de descanso, horario laboral y otras condiciones.


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