Ley General De Sociedades Artículo 13
Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984
Artículo 13. Estipulaciones nulas
Son nulas las estipulaciones siguientes: 1) Que alguno o algunos de los socios reciban todos los beneficios o se les excluya de ellos, o que sean liberados de contribuir a las pérdidas;2) Que al socio o socios capitalistas se les restituyan los aportes con un premio designado o con sus frutos, o con una cantidad adicional, haya o no ganancias;
3) Que aseguren al socio su capital o las ganancias eventuales;
4) Que la totalidad de las ganancias y aun en las prestaciones a la sociedad, pertenezcan al socio o socios sobrevivientes; 5) Que permitan la determinación de un precio para la adquisición de la parte de un socio por otro, que se aparte notablemente de su valor real al tiempo de hacerla efectiva.
Artículo 13 Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984 Artículo 18. Objeto ilícito Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984 Artículo 21. Sociedades incluidas Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984 Artículo 10. Publicidad de las Sociedades de responsabilidad limitada y por acciones Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984 Artículo 20. Objeto prohibido. Liquidació Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984 Artículo 19. Sociedad de objeto lícito, con actividad ilícitaRecomendados
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