Ley Electoral Artículo 106 Provincia de La Rioja
Ley Electoral La Rioja
Artículo 106. Telegrama al Tribunal Electoral Provincial
Terminado el escrutinio de la mesa, el presidente hará saber al empleado de correo que se encuentre presente. Su resultado y se confeccionará su formulario especial el texto del telegrama que suscribirá el presidente de mesa, juntamente con el de los fiscales que contendrán todos los detalles del resultado del escrutinio, debiéndo también consignarse el número de mesa, si es masculina, fememima o mixta, la sección y el escrutinio a que pertenece.
Luego de efectuado un estricto control de su texto que realizará confrontando con los suplentes y fiscales, su contenido con el acta de escrutinio, lo cursará por el servicio de telecomunicaciones o el medio que disponga el Tribunal con destino al Tribunal Electoral, para lo cual entregará el telegrama al empleado que reciba la urna.
En todos los casos el empleado de correos solicitará al presidente del comicio, la entrega del telegrama para su inmediata remisión al Tribunal Electoral.
Provincia de La Rioja Artículo 106 Ley Electoral Ley 5.139, 3 de Febrero de 1989
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo dni 92285198 -1555150621 .
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
Leer de nuevo
Código Procesal Penal Córdoba Artículo 161. Exhortos del Extranjero Código Procesal Penal Jujuy Artículo 143. ETAPA DE EJECUCIÓN PENALRecomendados
Ley Impositiva año 2015 Córdoba Artículo 49. Ley orgánica de las municipalidades Buenos Aires Artículo 246. Ley de monotributo regimen simplificado para pequeños contribuyentes Nacional Artículo 5. Ley de Armas Nacional Artículo 44. Creación de la sociedad La Rioja Productiva S.A.P.E.M. para fortalecer la gestión de las empresas productivas públicas La Rioja Artículo 5. ParticipacionesPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios