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Ley electoral Artículo 70 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley electoral Catamarca
Artículo 70.

Los electores, podrán votar únicamente en la mesa receptora de votos, en cuyo padrón figuren asentados con el documento cívico habilitante.El presidente verificará si el ciudadano a quien pertenece el documento cívico figura en el padrón electoral de la mesa, cotejando si coinciden los datos personales del documento del votante. Cuando por error de impresión de alguna de las menciones del padrón, no coincidan exactamente con la del documento, el presidente no podrá impedir el voto del elector si existe coincidencias en las demás constancias. En estos casos se anotará la diferencia en la columna de observaciones:

1) Si por deficiencia del padrón, el nombre del eletor no correspondiere al de su documento cívico, el presidente admitirá el voto siempre que examinado debidamente,el número del documento, del año del nacimiento, domicilio, etc., fueren coincidentes con los del padrón.

2) Tampoco se emitirá la emisión del voto:

a) Cuando el nombre figure con exactitud y la discrepancia verse aserca de alguno o algunos de los datos relativos al documento cívico, domicilio, clase de documento, etc.;

b) Cuando falte la fotografía del elector, siempre que conteste satisfactoriamente al interrogatorio del presidente sobre los datos personales y cualquier otra circunstancia que tienda a la debida identificación;

c) Cuando se encuentren llenas la totalidad de las casillas destinadas a asentar la emisión del sufragio en cuyo caso se habilitarán a tal efecto las hojas en blanco del documento cívico;

d) Al elector que figure en el padrón con Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica duplicada, triplicada, etc., y se presente con el Documento Nacional de Identidad;

e) Al elector cuyo documento contenga anotaciones de instituciones u organismos oficiales, grupo sanguíneo, etc.;

3) No le será emitido el voto:

a) Si el elector exhibiera un documento cívico anterior al que consta en el padrón;

b) Al ciudadano que se presente con Libreta Cívica y figurare en el padrón con Documento Nacional de Identidad.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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