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Ley del Gobernador, Vicegobernador, Ministros, Secretario General Artículo 28 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley del Gobernador, Vicegobernador, Ministros, Secretario General 2017 Salta
Artículo 28.

Compete al Ministro de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable, asistir al Gobernador en todo lo concerniente a las políticas referidas al ambiente y a las actividades agropecuarias, de recursos naturales, renovables o no, industriales, comerciales, energéticas, mineras, como así también, asistirlo en todo lo concerniente a la política laboral, de previsión social en la medida de su competencia y de promoción y fomento de la economía social y, en especial:

1. Entender, a través de una planificación estratégica, en lo concerniente a la protección del ambiente, la prevención de su contaminación y la producción sustentable.

2. Coordinar con las áreas correspondientes la protección del ambiente en relación a las actividades socioculturales de desarrollo económico y productivo, en el marco de la sustentabilidad.

3. Entender en el desarrollo y el aprovechamiento de las cuencas hídricas.

4. Entender en la formulación, funcionamiento y permanente mejoramiento de un sistema de naturaleza participativa que facilite a los empresarios sus decisiones de inversión mediante el suministro de la información que fuera menester para la adopción de éstas y la implementación en la Provincia de todas las normas provenientes del Gobierno Federal, orientadas al incremento de los recursos productivos, agropecuarios, industriales, mineros y energéticos de la Provincia.

5. Entender en la implementación de las políticas destinadas a la reconversión productiva de la Provincia, al fomento de las industrias y al incremento de los porcentajes de exportación de los productos provinciales.

6. Entender en la formulación y ejecución de políticas públicas destinadas al desarrollo y promoción de pequeñas y medianas empresas.

7. Entender en todo lo referido al ejercicio del poder de policía del trabajo y las relaciones con las asociaciones profesionales de trabajadores y con los organismos nacionales que ejercitan la policía del trabajo.

8. Definir objetivos y políticas previsionales dentro de su competencia y en armonía con la política nacional en dicha temática.

9. Entender en el diseño de políticas, planes y proyectos de generación de empleo, coordinando acciones, pautas y criterios entre el sector público y privado.

10. Entender en la formulación de políticas públicas vinculadas a la economía social, fomentando la formación y el desarrollo de cooperativas y otras formas asociativas y su inscripción en un registro especial; con la finalidad de contribuir a la creación de nuevos puestos de trabajo.

11. Fomentar la participación familiar y comunitaria en prácticas de manejo de unidades productivas de autoconsumo.

Provincia de Salta Artículo 28 Ley del Gobernador, Vicegobernador, Ministros, Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado y Subsecretarios
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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