Ley de Talles (Ley de Talles) Provincia de La Pampa
Ley de Talles Provincia de La Pampa
- Artículo 1. Los comercios y proveedores que vendan u ofrezcan indumentaria como...
- Artículo 2. Las empresas o industrias radicadas en la provincia de La Pampa que se...
- Artículo 3. Será autoridad provincial de aplicación de esta Ley el Ministerio de la...
- Artículo 4. La marcación de las prendas en cuanto a talles deberá realizarse de acuerdo...
- Artículo 5. Quienes importen indumentaria deberán realizar dicha operación teniendo en...
- Artículo 6. Exceptúase de la aplicación de sanciones cuando la indumentaria en cuestión...
- Artículo 7. La existencia de talles de indumentaria deberá constar en stock, o...
- Artículo 8. La autoridad de aplicación podrá actuar de oficio o por denuncia personal,...
- Artículo 9. Las empresas radicadas en La Pampa que fabriquen y/o confeccionen...
- Artículo 10. El Poder Ejecutivo realizará campañas de difusión de la presente Ley.
- Artículo 11. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en un término de 60 días...
- Artículo 12. La presente Ley entrará en vigencia partir de los 180 días corridos desde el...
- Artículo 13. Comuníquese al Poder Ejecutivo
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Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Ley de Talles La Pampa Artículo 6.Recomendados
Código Procesal de Familia Río Negro Artículo 61. Facultades judiciales Código de Procedimientos Mineros Chaco Artículo 37. Determinación de las bases del sistema electoral provincial y su ámbito temporal y territorial de aplicación Neuquén Artículo 79. Aprobación del Convenio de Colaboración para la Implementación del Proyecto Acompañar Primera Infancia Provincia de La Pampa Aceptación de las cesiones efectuadas por la provincia de Salta al Estado nacional sobre los inmuebles rurales situados en el Departamento Anta, provincia de Salta NacionalPublique la información de sí mismo
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