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Ley de responsabilidad en el ejercicio de la función pública Artículo 26 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de responsabilidad en el ejercicio de la función pública Mendoza
Artículo 26.

La Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública estará a cargo de un Auditor, que será designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado. Su mandato durará cinco (5) años. Puede ser acusado por las causas a que se refiere el Art. 109 de la Constitución Provincial ante el Jury de Enjuiciamiento que se rige por el artículo 164 de la Constitución Provincial y concordantes. Para ocupar el cargo de Auditor titular de la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública de la Provincia de Mendoza, se requiere:

a. Ciudadanía en ejercicio;

b. Haber cumplido treinta (30) años de edad y no tener más de sesenta y cinco (65) años;

c. Ser profesional Abogado, Contador Público Nacional o Licenciado en Administración Pública y Ciencias Políticas con al menos cinco (5) años de ejercicio de la profesión; y d. No haberse acogido al beneficio jubilatorio en ningún régimen público o privado.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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