Ley de psicotrópicos (Ley de psicotrópicos)
Ley de psicotrópicos
- CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 1. A los efectos de la presente Ley, de aplicación en todo el territorio de la...
- Artículo 2. La importación, exportación, fabricación, fraccionamiento, circulación,...
- Artículo 3. Queda prohibida la importación, exportación, fabricación,...
- CAPITULO II IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
- Artículo 4. Los sicotrópicos incluidos en la Lista I, sólo podrán ser importados,...
- Artículo 5. Sólo podrán importar, exportar o reexportar los sicotrópicos incluidos...
- Artículo 6. Para la importación de los sicotrópicos incluidos en las Listas II y III,...
- Artículo 7. Para la exportación o reexportación de los Psicotrópicos incluidos en las...
- Artículo 8. Los sicotrópicos comprendidos en las Listas I, II y III, en tránsito por...
- CAPITULO III ELABORACIÓN NACIONAL
- Artículo 9. Los establecimientos habilitados para la elaboración de drogas deberán...
- Artículo 10. Los establecimientos a que se refiere el Artículo 9, sólo podrán expender...
- CAPITULO IV COMERCIO INTERIOR
- Artículo 11. La enajenación, por cualquier título, de los sicotrópicos incluidos...
- Artículo 12. Sin perjuicio de la documentación exigida en el artículo 11, los...
- CAPITULO V DESPACHO AL PÚBLICO
- Artículo 13. Los sicotrópicos incluidos en la Lista II, sólo podrán ser prescriptos...
- Artículo 14. Los sicotrópicos incluidos en las Listas III y IV sólo podrán despacharse...
- Artículo 15. Queda prohibida la circulación de todo medicamento cuya composición...
- Artículo 16. En ningún caso podrán extenderse ni expenderse recetas cuya cantidad...
- Artículo 17. Los veterinarios que acrediten ante la autoridad sanitaria estar matriculados...
- Artículo 18. Las recetas determinadas en los Artículos 13, 14 y 17 de esta Ley, podrán ser...
- CAPITULO VI APROVISIONAMIENTO EN MEDIOS DE TRANSPORTE
- Artículo 19. La autoridad sanitaria nacional reglamentará las condiciones de...
- Artículo 20. Los sicotrópicos incluidos en las Listas II, III y VI cuyo uso sea...
- CAPITULO VII DE LAS SANCIONES Y LA PRESCRIPCIÓN
- Artículo 21. Las infracciones a las normas de la presente Ley y de las reglamentaciones...
- Artículo 22. Las acciones tipificadas por los artículos 204 bis, 204 ter y 204 quater del...
- Artículo 23. El producto de las multas que por imperio de esta Ley aplique la autoridad...
- Artículo 24. Las acciones administrativas emergentes de infracciones a la presente Ley y a...
- CAPITULO VIII DEL PROCEDIMIENTO
- Artículo 25. Las infracciones a esta Ley y a sus disposiciones reglamentarias, serán...
- Artículo 26. Contra las decisiones administrativas que la autoridad sanitaria dicte...
- Artículo 27. La falta de pago de las multas aplicadas, hará exigible su cobro por vía de...
- CAPITULO IX DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS Y FACULTADES DE INSPECCIÓN
- Artículo 28. Sin perjuicio del sumario establecido en el Artículo 25 y de la sanción que...
- Artículo 29. La autoridad sanitaria competente está facultada para verificar el...
- Artículo 30. A los efectos de lo dispuesto en los Artículos 28 y 29 de la presente Ley,...
- CAPITULO X DISPOSICIONES VARIAS
- Artículo 31. Esta Ley y sus disposiciones reglamentarias, se aplicarán y harán...
- Artículo 32. La autoridad sanitaria nacional y los organismos de seguridad deberán...
- Artículo 33. El Poder Ejecutivo Nacional y el de cada una de las provincias,...
- Artículo 34. El Poder Ejecutivo Nacional, al dictar las disposiciones reglamentarias de...
- Artículo 35. Queda derogado el Decreto 257 del 16 de enero de 1964 y toda otra disposición...
- Artículo 36. Comuníquese; publíquese; dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y...
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
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