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Ley de promoción de la alimentación saludable de la población Artículo 3 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de promoción de la alimentación saludable de la población Santa Fe
Artículo 3. Objetivos Específicos

Son objetivos específicos:

a) Promover hábitos saludables de alimentación en la población y contribuir al crecimiento y desarrollo de los niños, niñas y adolescentes b) Desalentar las prácticas alimentarias que constituyan un riesgo para la salud;

c) Establecer la Educación Alimentaria y Nutricional (EAN) como una herramienta para la promoción de la alimentación saludable; y, d) Ofrecer de forma obligatoria en los puntos de venta y/o expendio de los establecimientos escolares alimentos y bebidas seguros, de buena calidad y nutricionalmente alineados con criterios de alimentación saludable, como así también alimentos y bebidas aptos para el consumo de personas con celiaquía, diabetes u otras patologías y aptos para personas vegetarianas y veganas.



Provincia de Santa Fe Artículo 3 Ley de promoción de la alimentación saludable de la población. Educación alimentaria y nutricional
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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