Imprimir

Ley de Procedimiento Administrativo Artículo 253 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/02/2026

Ley de Procedimiento Administrativo Chubut
Artículo 253.

Agregado al sumario este informe final, se citará a los imputados a fin de conferirle vista de las actuaciones y otorgarles un plazo de cinco días hábiles para que ejerciten su derecho de defensa. La vista se correrá personalmente al citado, y quedará documentada mediante acta firmada por el imputado, quien deberá consignar en forma manuscrita la fecha y hora del acto. El plazo establecido se computará desde el primer día hábil siguiente a aquél en que hubiera tenido lugar la notificación de la citación respectiva. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, si el agente compareciera a tomar vista de las actuaciones dentro del período de 48 horas de notificado, el término de cinco días se considerará a partir del primer día hábil siguiente a aquél en que hubiera tenido lugar o comenzado la vista.

Provincia del Chubut Artículo 253 Ley de Procedimiento Administrativo
Artículo 1 ...251 252 253 254 255 ...284

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


Email: [email protected]

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.




En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


Email: [email protected]

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.




Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


Email: [email protected]

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.




Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


Email: [email protected]

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.




Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse